Cómo homologar el título en España

Si eres extranjero, con una titulación reglada y homologada en tu país, y deseas acudir a España para vivir y utilizar correctamente tu título para poder ejercer tu profesión, de una manera legal y adecuada, a continuación te explicamos las pautas a seguir para que toda la gestión te resulte más eficaz, rápida y sencilla.

1 comentario
pilar lopez
martes, 19 enero, 2010
banderaw

Cuando una persona ha decidido venir de otro país a España para ejercer su profesión demostrándolo mediante su titulación( aquellas titulaciones que se requieran para poder ejercer), es necesario antes de iniciar su ejercicio, de hacer unos trámites para poder solicitar su homologación, la cual suele estar firmada mediante unos acuerdos y convenios hechos con algunos paises,  de los que se considera que la formación recibida por el titulado,  ha sido equivalente a la de un titulado de la misma materia en España.

Realizar  la tramitación del expediente y recibir una  propuesta de la resolución satisfactoria: Implica el que se reconozcan los efectos profesionales que se encuentren adscritos al título oficial español, cuando sean títulos que haya que habilitarlos, por ser del extranjero,  para poder realizar su ejercicio.
Los títulos deben de estar incluídos en una tabla de equivalencias aprobadas por El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y en base a ellas los órganos competentes iniciarán un expediente que será estudiado para dar una resolución ejecutoria o negativa a la petición.

Los órganos competentes que tramitan el expediente son los siguientes:

  • Las Áreas de Alta Inspección de Educación en las Comunidades Autónomas y las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte sitas en  Ceuta y Melilla.
  • Las Consejerías de Educación en  las Embajadas de España sitas en el extranjero.
  • La Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones, pertenecientes a  la Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
  • Resolución de los expedientes, resultantes favorables o no, de las homologaciones:

    Mediante Orden procedente del Ministro de Educación, Cultura y Deporte.
    Una Credencial (en el caso de concederse la homologación):
    La expide  la Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones del Departamento.

    Solicitud de Homologación de Título Universitario.

    Para más información: legalizacion@educacion.es

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