

Cuando una persona ha decidido venir de otro país a España para ejercer su profesión demostrándolo mediante su titulación( aquellas titulaciones que se requieran para poder ejercer), es necesario antes de iniciar su ejercicio, de hacer unos trámites para poder solicitar su homologación, la cual suele estar firmada mediante unos acuerdos y convenios hechos con algunos paises, de los que se considera que la formación recibida por el titulado, ha sido equivalente a la de un titulado de la misma materia en España.
Realizar la tramitación del expediente y recibir una propuesta de la resolución satisfactoria: Implica el que se reconozcan los efectos profesionales que se encuentren adscritos al título oficial español, cuando sean títulos que haya que habilitarlos, por ser del extranjero, para poder realizar su ejercicio.
Los títulos deben de estar incluídos en una tabla de equivalencias aprobadas por El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y en base a ellas los órganos competentes iniciarán un expediente que será estudiado para dar una resolución ejecutoria o negativa a la petición.
Los órganos competentes que tramitan el expediente son los siguientes:
Resolución de los expedientes, resultantes favorables o no, de las homologaciones:
Mediante Orden procedente del Ministro de Educación, Cultura y Deporte.
Una Credencial (en el caso de concederse la homologación):
La expide la Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones del Departamento.
Solicitud de Homologación de Título Universitario.
Para más información: legalizacion@educacion.es
hola soy rumana y queria saber que tengo que hacer para homologar mis estudios en españa